Desde Autoescuela 959 destacamos en nuestro blog la noticia por la que el pasado lunes 21 entró en vigor la nueva ley de Tráfico que castiga más el uso de dispositivos móviles, detectores de radar, el no abrocharse el cinturón o no llevar el casco. Con la nueva ley no aumentan las multas económicas, pero sí puedes perder 6 puntos por usar el móvil.
Desde el uso de los dispositivos electrónicos al volante hasta la protección de los ciclistas o los fraudes en los exámenes del carné de conducir, son varias las modificaciones que endurecen a los conductores que infrinjan las normas de seguridad vial.
Las distracciones al volante, una de las principales causas de accidentes de tráfico y habitualmente provocadas por el uso de los dispositivos electrónicos, son uno de los puntos en los que se ha puesto el foco. Así, utilizar, manipular o incluso solo sostener en la mano aunque no se esté utilizando el teléfono móvil durante la conducción pasará a suponer la pérdida de 6 puntos en el carné en vez de 3 puntos. La multa seguirá siendo de 200 euros.
A partir de este jueves se van a perder 4 puntos del carné en vez de 3 por el uso incorrecto (o ni siquiera usarlo) del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil o el casco. Se calcula que uno de cada cuatro fallecidos en accidentes no utilizaba estos sistemas de seguridad.
Además, los conductores menores de edad que conduzcan cualquier vehículo (incluidos VMP) no podrán circular con una tasa de alcohol superior a cero, tanto en sangre como en aire espirado. Conducir bajo los efectos del alcohol sigue considerada una infracción grave sancionada con 500 euros de multa y se hace más restrictiva para los conductores de menos de 18 años.
En el caso de que se arrojen a la vía o sus alrededores objetivos que puedan provocar accidentes o incendios, la sanción será de 6 puntos del carné y 500 euros de multa económica, ya que pasa a estar considerada muy grave en vez de grave.
Mayor protección para los ciclistas.
Se incrementa la seguridad de los ciclistas haciendo obligatorio, en vías con más de un carril por sentido, cambiar por completo de carril cuando se proceda a adelantar a ciclistas o ciclomotores. Además, se aumenta de 4 a 6 los puntos que se perderán si el adelantamiento pone en peligro o entorpece a los ciclistas sin dejar la separación mínima obligatoria de un metro y medio. En este sentido, está prohibido a partir de ahora parar o estacionar en carril bici o en vías ciclistas.
Por otro lado, se autoriza a los motoristas a utilizar dispositivos inalámbricos certificados u homologados, con conexión bluetooth, para fines de navegación y comunicación siempre que no afecten a la seguridad, especifica la ley. Se deberán colocar en el casco y han sido una medida muy demandada por las asociaciones del sector de las motos.
Supresión del margen para adelantar.
A 90 km/h para siempre: por qué la DGT elimina el margen de 20 km/h para adelantar en carreteras secundarias. Es una de las medidas más criticada y que más polémica ha levantado, la eliminación del margen para adelantar de 20 km/h en carreteras secundarias. Es decir, a partir de ahora, la velocidad máxima de todas estas vías será de 90 km/h, independientemente de si se está o no adelantando. Superar este límite conllevará una multa de 100 euros por exceso de velocidad sin detracción de puntos.
Entre las novedades y nuevas sanciones destacar:
Además del aumento de la pérdida de puntos, en el paquete de medidas se han incluido nuevas sanciones con sus correspondientes multas. Por ejemplo, no respetar las restricciones de circulación derivadas de la aplicación de los protocolos ante episodios de contaminación y de las zonas de las bajas emisiones estará castigado con 200 euros de multa.
También se introduce el fraude en los exámenes de conducir como infracción muy grave sancionada con 500 euros. En concreto, está contemplado la utilización de dispositivos de intercomunicación no autorizados reglamentariamente en las pruebas para la obtención y recuperación de permisos o licencias de conducción. El aspirante no podrá presentarse de nuevo a las pruebas para la obtención del permiso en el plazo de 6 meses.
Para la recuperación de puntos también hay cambios que afectan a la recuperación de los puntos del carné. El periodo que hay que mantenerse sin cometer infracciones para volver a disponer del saldo total de puntos en el carné pasa a ser de 2 años para todos los conductores, mientras que hasta ahora el periodo dependía de la gravedad de las infracciones.
Además, se podrán recuperar 2 puntos del carnet por la realización de cursos de conducción segura y eficiente. A través de una orden ministerial se desarrollarán los requisitos necesarios y las condiciones que deben de cumplir
Por último, a partir del 6 de julio de este año, todos los conductores de transporte de viajeros por carretera cuyos vehículos dispongan de interfaz para la instalación de alcoholímetros antiarranque, estarán obligados a utilizar estos dispositivos.